En
el Perú el nivel de recaudación es
menor de lo que debería ser, pues las tasas de evasión en la imposición a la
renta son muy elevadas. Esto atenta contra cualquier efecto redistributivo,
pudiendo incrementarse la desigualdad en el país. Se observa una tendencia a
una estructura tributaria sesgada a
impuestos regresivos, es decir aquellos en los que se capta
un porcentaje menor en la medida en que el ingreso aumenta. Como en varios
países de la región, en el Perú, los
niveles de incumplimiento en el pago de impuestos son significativos.
Con
esta realidad tributaria en nuestro país, el principio de equidad, que tiene
varias acepciones, podría expresarse mediante la siguiente cita: “todas las
personas deben contribuir en la misma forma al sostenimiento de las cargas
públicas”. De aquí se desprenden de manera inmediata los dos criterios en los
que se ha acostumbrado a concretar su aplicación: equidad horizontal (“trato
igual a quienes se hallen en igualdad de circunstancias”) y equidad vertical
(“trato adecuadamente desigual a quienes se encuentran en circunstancias
distintas”).
En
mi opinión si esto sucediera, no cambiaríamos nada en nuestra sociedad actual,
pues dado, que si los menos favorecidos aportan menos, en la misma proporción el Estado les
brindaría los servicios básicos.
Al
haber distintas acepciones para los principios impositivos, valdría la pena
entender cuál es la política tributaria en nuestro país, pues a pesar de la
lectura realizada no me queda clara.